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lunes, 7 de junio de 2010

Sello de calidad Escuela 2.0

Así viene la nueva escuela 2.0 Lo fácil es relacionar todo esto con la situación coyuntural en la que nos encontramos y empezar a despotricar de políticos y gestores de todo tipo y condición. Lo difícil, mantenerse en las propias convicciones y ver en toda esta movida tecnológica una gran oportunidad para rehacernos de nuevo y para ofrecer a nuestros actuales alumnos algo que "apasione" y genere conocimiento. Busca los requisitos, compara y quédatelos.

Artículo 1. Creación del distintivo de calidad.
Se crea un distintivo de calidad SELLO ESCUELA 2.0, para el reconocimiento público del compromiso de una empresa o entidad o de la vinculación de un producto o servicio con el desarrollo y mejora de la calidad educativa mediante el uso de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TIC).
Artículo 2. Requisitos.
1. El distintivo de calidad SELLO ESCUELA 2.0 podrá concederse a cualquier empresa o entidad, pública o privada, que asuma un compromiso firme e inequívoco con el desarrollo y mejora de la calidad educativa mediante el uso de las TIC, así como a productos y servicios susceptibles de comercialización que sirvan a dichos objetivos.
Se entenderá que contribuyen a la mejora de la calidad educativa mediante el uso de las TIC, las empresas y entidades, así como los productos y servicios que participen en el desarrollo del Programa Escuela 2.0 y, en concreto, las que persigan los siguientes fines:
a) Desarrollar nuevas experiencias de utilización de las tecnologías en asignaturas de ámbito general con el objetivo de mejorar la calidad de la enseñanza.
b) Acelerar la asimilación, adopción y utilización, por parte de los estudiantes y profesores, de las herramientas de la sociedad de la información como elemento habitual del entorno en que vivimos en todas sus facetas.
c) Facilitar a los niños con dificultades de aprendizaje la utilización de contextos educativos con las nuevas tecnologías en los que encuentren entornos adaptados a sus características y estilos de aprender.
d) Desplegar operativamente medios tecnológicos necesarios aplicados a los entornos educativos, con las especificidades particulares de cada territorio.
e) Soportar las condiciones previamente establecidas de soporte, atención al usuario, garantía, adaptación, integración y personalización a cada territorio.
f) Orientar y potenciar el desarrollo y soporte a asignaturas y contenidos curriculares utilizando los nuevos medios tecnológicos, con el objetivo de enriquecer la calidad de la enseñanza con los nuevos recursos que la tecnología pone a nuestra disposición.
g) Integrar los ordenadores portátiles y el resto de los componentes del aula digital en la actividad cotidiana de los estudiantes y profesores, mediante la utilización didáctica de contenidos y actividades en las que éste constituya parte de la metodología didáctica.
h) Poner a disposición del profesorado las herramientas necesarias para permitir la planificación didáctica y su posterior utilización, tanto desde el punto de vista de equipamiento como desde el de los contenidos.
i) Propiciar experiencias de carácter integrador que reduzcan la brecha digital entre colectivos desfavorecidos, facilitando el acceso de los individuos a la sociedad de la información desde sus entornos de educación habitual.
3. En el caso de productos de tipo software o servicios prestados por Internet, deberá acreditarse que todas sus interfaces y opciones puedan utilizarse en español, así como en las lenguas cooficiales en las Comunidades Autónomas o que, en su caso, se proporcione o permita la traducción a dichas lenguas sin costes económicos añadidos. Así mismo, y en su caso, el producto o servicio debe reunir las condiciones mínimas de accesibilidad establecidas por el Consorcio World Wide Web (W3C).

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